Desde 1961, el Programa de Visitantes de Intercambio, o EVP, ha sido una de las rutas preferidas que permite a residentes internacionales vivir temporalmente en los Estados Unidos y participar en diversos programas educativos o de capacitación. El EVP fue originalmente concebido como un esfuerzo diplomático para fortalecer los lazos entre los Estados Unidos y otras naciones, fomentando la cooperación internacional, particularmente en las áreas de educación y cultura.
Debido a sus raíces diplomáticas, la Oficina de Asuntos Educativos y Culturales del Departamento de Estado de EE. UU. supervisa el programa, junto con las organizaciones anfitrionas y los patrocinadores. El Departamento de Estado y el Departamento de Seguridad Nacional son responsables de asegurar que el programa se ejecute en cumplimiento con las regulaciones aplicables.
Cada año, más de 400,000 visitantes de intercambio extranjeros participan en el programa. El EVP se considera muy flexible porque cuenta con 15 categorías diferentes, lo que permite a visitantes con diferentes orígenes y niveles educativos viajar a EE. UU. Los objetivos principales del Programa de Visitantes de Intercambio son permitir que los participantes interactúen ampliamente con los estadounidenses, compartan su cultura, fortalezcan sus habilidades en el idioma inglés y aprendan nuevas habilidades o desarrollen las que les ayudarán en futuras carreras.
¿Qué es la visa J-1 de Visitante de Intercambio?
Para participar en el EVP, los posibles visitantes deben solicitar la visa J-1. La visa J-1 es una visa temporal, de no inmigrante, emitida únicamente a visitantes de intercambio.
La Visa de Visitante de Intercambio incluye diferentes categorías:
- Au pair y EduCare
- Consejero de campamento
- Visitante del Gobierno
- Becario
- Visitante internacional (para el Departamento de Estado)
- Médico
- Profesora e investigadora
- Becario de corta duración
- Especialista
- Estudiante, colegio/universidad
- Estudiante, secundaria
- Viaje de trabajo de verano
- Profesor
- Becario
También existen Programas Piloto especiales para Visitantes de Intercambio disponibles para ciudadanos de Australia, Nueva Zelanda, Irlanda y Corea del Sur.
¿Cuáles son los requisitos para la visa J-1?
Hay varios pasos y documentos importantes involucrados en la solicitud de una visa J-1:
Sponsor
Las personas que desean solicitar un visado J-1 necesitan un sponsor. Entre los patrocinadores se incluyen más de 1.500 entidades académicas, con o sin ánimo de lucro, así como organismos gubernamentales a nivel federal, estatal y local. Los patrocinadores del programa se encargan de evaluar y seleccionar a los solicitantes que cumplen los requisitos. Aunque algunas empresas que acogen a participantes en el programa de intercambio J-1 también actúan como patrocinadores, la mayoría de los solicitantes recurren a sponsor independientes que cuentan con el personal, los recursos y la experiencia necesarios para guiarlos a lo largo del proceso y brindarles apoyo durante el programa.
Documentos Requeridos
Para solicitar una visa J-1, debe presentar los siguientes documentos de visa J-1 a la Embajada o Consulado de EE. UU. en su país de origen:
- Formulario DS-2019 – Certificado de Elegibilidad para el Estatus de Visitante de Intercambio
- Pasaporte – Debe ser válido por al menos seis meses más allá de su período de estadía en los Estados Unidos (a menos que esté exento según el Club de los Seis Meses)
- Imagen o Foto Digital 2x2 – Debe ser a color y tomada dentro de los últimos 6 meses
- Formulario DS-160 – Solicitud de Visa de No Inmigrante
- Formulario DS-7002 – Plan de Colocación de Capacitación/Pasantías (solo para programas J-1 de Pasantes y Aprendices)
- Recibo de Pago de la Tarifa de Solicitud de Visa – Se aplica si debe pagar antes de la entrevista
Entrevista de Visa
Para la mayoría de los solicitantes, el siguiente paso es la entrevista de visa. Cualquier persona entre los 14 y 79 años de edad necesitará una.
Tenga en cuenta que la visa J-1 es para no inmigrantes que tienen la intención de regresar a su país de origen. Por lo tanto, es posible que desee estar preparado para demostrar los lazos que tiene con su país de origen y sus planes de regresar después de su programa.
Un oficial consular puede solicitar documentos adicionales que demuestren lo siguiente:
- El propósito del viaje
- La intención de salir de EE. UU. después del viaje
- La capacidad de pagar todos los costos del viaje
Los tiempos de espera para la entrevista pueden variar, así que asegúrese de presentar su solicitud de visa con prontitud para evitar complicaciones de viaje.
Requisitos de la Visa J-1 para Canadienses
Los ciudadanos canadienses no necesitan solicitar la visa J-1 para participar en un programa de intercambio. Sin embargo, el Formulario DS-2019 es necesario para ingresar a EE. UU. bajo el EVP. Los estudiantes canadienses pueden obtener este formulario de la institución académica o del programa de intercambio al que han sido aceptados. Al cruzar la frontera para comenzar el programa, asegúrese de llevar la copia original junto con la demás documentación requerida.
¿Cuánto Cuesta una Visa J-1?
Una vez que hayas sido admitido en un programa concreto a través de una organización patrocinadora designada, se te inscribirá en el Sistema de Información sobre Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS). En la mayoría de los casos, deberás abonar a continuación la tasa SEVIS I-901, que actualmente asciende a 220 dólares para los programas de prácticas y formación, o a 35 dólares para los programas de corta duración. sponsor tu sponsor se haga cargo de esta tasa, pero compruébalo con ellos para asegurarte.
Además, al solicitar el visado ante el Departamento de Estado de los Estados Unidos, también tendrás que abonar una tasa de solicitud de visado no reembolsable de 185 dólares. Dependiendo de tu país de origen, es posible que también tengas que pagar una tasa de expedición del visado. El importe de esta tasa varía en función de la nacionalidad.
Puede verificar si tendrá que pagar la tarifa de emisión aquí.
¿Pueden los Titulares de la Visa J-1 Trabajar y Recibir Pago en EE. UU.?
Aunque la visa J-1 es una visa de intercambio, los participantes pueden recibir compensación. Las visas J-1 no se pueden utilizar para empleo ordinario fuera del programa EVP, ya que los titulares de la visa J-1 solo pueden realizar la actividad que figura en su Formulario DS-2019 y según lo establecido en las regulaciones para esa categoría de intercambio.
Los titulares de la visa J-1 pueden recibir pago. De hecho, el trato y la compensación de todos los titulares de la visa J-1 deben ser comparables a los de los trabajadores estadounidenses en puestos similares. El programa también debe cumplir con todas las leyes salariales y laborales federales, estatales y locales.
Si un titular de visa J-1 recibe una compensación, deberá solicitar un Número de Seguro Social. Tendrá que pagar impuestos por cualquier compensación que reciba, pero estará exento de pagar el impuesto FICA.
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¿Cuánto dura la visa J-1?
Una de las razones por las que la visa J-1 ofrece tanta flexibilidad es que su duración puede variar desde unas pocas semanas hasta varios años, dependiendo de la categoría específica del programa EVP y los requisitos del programa anfitrión. Por ejemplo, los pasantes pueden permanecer en los Estados Unidos hasta 12 meses, pero los aprendices pueden quedarse hasta 18 meses (los aprendices en el campo de la hostelería solo pueden permanecer en EE. UU. hasta 12 meses). La organización anfitriona que ofrece el programa EVP decide si el titular de la visa J-1 permanecerá el tiempo máximo o un período más corto, basándose en la duración del programa.
Al planificar sus arreglos de viaje, tenga en cuenta que no puede llegar más de 30 días antes de la fecha de inicio del programa que figura en su DS-2019. Una vez finalizado su programa EVP, tendrá un período de gracia de 30 días para salir de los Estados Unidos.
¿Cuáles son las diferencias entre una visa J-1 y una visa F-1?
Las visas J-1 y F-1 son ambas visas de no inmigrante que permiten a los residentes extranjeros viajar a los Estados Unidos. A veces, las personas confunden las categorías de visa J-1 y F-1 porque ambas pueden ser utilizadas por estudiantes internacionales no inmigrantes. Sin embargo, las visas F-1 y J-1 tienen propósitos diferentes.
La visa F-1 es para estudiantes internacionales que asisten a un programa académico o de grado a tiempo completo en una escuela, colegio o universidad en EE. UU. La visa F-1 no expira hasta que el estudiante finaliza sus estudios. Los titulares de visa F-1 pueden trabajar tanto dentro como fuera del campus con permiso.
La visa J-1, por otro lado, está diseñada específicamente para ser un programa de intercambio cultural. Los titulares de visa J-1 no son todos estudiantes y no asisten a un programa académico a tiempo completo en una escuela, colegio o universidad de EE. UU. Además, los titulares de visa J-1 solo están autorizados a participar en aprendizaje basado en el trabajo según los términos de su programa y no pueden usar la visa para un empleo común.
¿Permite la visa J-1 múltiples entradas?
La visa J-1 puede emitirse para permitir múltiples entradas. Se recomienda que solicite esto específicamente al tramitar su visa.
Si ya tiene su visa, puede revisarla para asegurarse. Si tiene una “S”, es una visa de una sola entrada. Si tiene una “M”, es válida para múltiples entradas.
Los titulares de un visado J-1 pueden viajar fuera de los Estados Unidos durante un máximo de 30 días consecutivos mientras dure el programa de formación sin necesidad de un permiso especial para viajes de larga duración. Sin embargo, antes de salir del país, asegúrate de que tu sponsor te firme la validación de viaje en el formulario DS-2019, sponsor que se te permitirá volver a entrar en el país a tu regreso.
¿Puede extender o renovar su visa J-1?
Si necesita más tiempo para completar los objetivos de su programa, es posible extender la visa J-1. Por ejemplo, un investigador podría solicitar una extensión para finalizar un proyecto en los Estados Unidos.
Para obtener la prórroga del visado J-1, es necesario contar con el consentimiento tanto del programa como sponsor del mismo. También deberás presentar la documentación requerida, incluida una prueba de que dispones de un seguro médico que te cubra durante todo el periodo de la prórroga. Es posible que la solicitud de prórroga conlleve el pago de tasas adicionales, pero no es necesario volver a abonar la tasa SEVIS.
Si se aprueba tu solicitud, tu visado se prorrogará de acuerdo con los requisitos de tu programa. No obstante, la duración total de tu estancia no se ampliará más allá del plazo máximo establecido por la normativa para tu categoría de EVP, salvo en circunstancias muy excepcionales. Asegúrate de obtener un nuevo formulario DS-2019 de tu sponsor la fecha de caducidad actualizada.
Si su visa expira durante su programa, pero no planea viajar fuera de EE. UU. hasta que su programa esté completo, no necesita renovar la visa. Esto se debe a que el propósito de la visa J-1 es permitir la entrada y reentrada a los Estados Unidos.
Sin embargo, si tu visado ha caducado durante el programa EVP y tienes que salir del país, tendrás que solicitar un nuevo visado J-1 para volver a EE. UU. y completar tu programa. Esto puede provocar retrasos inesperados y complicar la finalización de tu programa. Siempre debes consultar con tu sponsor planificar cualquier viaje internacional durante tu programa para asegurarte de que tu viaje está autorizado y de que no tendrás problemas con tu visado al intentar regresar a Estados Unidos.
¿Puede un titular de visa J-1 solicitar una Green Card?
El propósito del Programa de Visitantes de Intercambio J-1 es ser un programa de intercambio cultural que fomente una mejor comprensión entre los ciudadanos estadounidenses y los participantes extranjeros. La idea es que los participantes del programa compartan sus experiencias e ideas en su país de origen. En consecuencia, los solicitantes de la visa J-1 deben venir a EE. UU. con la intención de partir y regresar a su país de origen después de completar el programa.
La mayoría de quienes participan en el programa EVP estarán sujetos al requisito de presencia física de dos años en el país de origen (residencia extranjera). Esto implica que debe regresar a su país de origen durante dos años después de completar el programa EVP si:
- Participa en un programa de intercambio financiado por su gobierno o por el gobierno de EE. UU.
- Posee conocimientos o habilidades especializadas consideradas necesarias para el desarrollo de su país de origen
- Recibió educación o capacitación médica de posgrado
Aún puedes viajar a EE. UU. durante el período de dos años, pero no puedes solicitar convertirte en residente permanente legal (es decir, recibir una tarjeta verde) hasta que haya transcurrido este tiempo.
Sin embargo, no todos los titulares de un visado J-1 están sujetos a este requisito. Consulta con tu sponsor no estás seguro de si el requisito se aplica a tu programa. Además, en determinadas circunstancias , es posible que se conceda una exención de este requisito. El visitante de intercambio debe solicitar la exención del visado J-1 a través del Departamento de Seguridad Nacional y del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
¿Puedes obtener otra visa J-1 después del primer programa?
Como se mencionó anteriormente, dado que el EVP es un programa de intercambio cultural, generalmente se espera que los participantes regresen a sus países de origen después de que finalice su programa. Sin embargo, no se te prohíbe solicitar un segundo programa de intercambio en el futuro, siempre y cuando cumplas con los requisitos específicos de elegibilidad del programa. Si vuelves a solicitar, es probable que necesites una nueva visa J-1 para volver a ingresar a los Estados Unidos para el nuevo programa.
¿Puedes cambiar tu visa J-1 por una visa de turista?
Aunque es posible, es muy poco común cambiar una visa J-1 por una visa de turista. Muchos patrocinadores aconsejan a los participantes del programa no buscar este cambio, ya que no está en el espíritu del EVP. Es posible que necesites consultar con un abogado de inmigración para discutir tus circunstancias específicas.
Ten en cuenta que si estás sujeto al requisito de residencia extranjera de dos años, no podrás cambiar tu estatus de visa a menos que obtengas una exención. Si no estás sujeto al requisito de residencia extranjera de dos años, USCIS establece los siguientes requisitos para solicitar cambiar tu estatus en los Estados Unidos:
- Fuiste admitido legalmente en los Estados Unidos como no inmigrante
- No has cometido ningún acto que te haga inelegible para recibir un beneficio migratorio
- No existen otros factores que te obliguen a salir de los Estados Unidos antes de volver a ingresar con una clasificación diferente
- Solicitas un cambio de estatus antes de la fecha de vencimiento de tu Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida
- Tu pasaporte es válido durante todo el período de estadía solicitado en la nueva clasificación de no inmigrante en los Estados Unidos
Dependiendo de la razón por la que quieras permanecer en EE. UU. después de que finalice tu programa, puedes cambiar tu estatus de visa a B-1 o B-2, el de Visitante por Negocios o Placer. Hay documentos que deberás presentar para solicitar el cambio de estatus, así que asegúrate de darte suficiente tiempo para realizar el cambio si eres elegible.
Prepárate para comenzar tu viaje EVP
Si estás listo para viajar a EE. UU. como participante en un emocionante programa de intercambio cultural, Intrax Global Internships está aquí para ayudarte a empezar.
Como entidad sponsor designada por el Departamento de Estado sponsor el programa EVP, Intrax Global Internships los becarios extranjeros a lo largo del complejo proceso de solicitud del visado J-1 y les proporciona la documentación necesaria para solicitarlo.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es el visado J-1 para visitantes de intercambio y cuál es su finalidad?
El visado J-1 es un visado temporal para no inmigrantes que se expide a los participantes en el Programa de Intercambio de Visitantes (EVP), creado en 1961 y gestionado por la Oficina de Asuntos Educativos y Culturales del Departamento de Estado de EE. UU. Su objetivo es fomentar el entendimiento mutuo entre Estados Unidos y otros países a través del intercambio cultural y educativo. Cada año participan más de 400 000 visitantes de intercambio. Global Internships la designación J-1 para sponsor y personas en formación dentro del programa.
¿Cuáles son las 15 categorías del Programa de Intercambio J-1?
El Programa de Intercambio de Visitantes incluye 15 categorías: Au Pair y EduCare, monitor de campamento, visitante gubernamental, becario, visitante internacional, médico, profesor e investigador, investigador de corta duración, especialista, estudiante (universitario), estudiante (de secundaria), trabajo y viajes de verano, profesor, aprendiz y programas piloto especiales para participantes de Australia, Nueva Zelanda, Irlanda y Corea del Sur. Cada categoría tiene sus propias normas de elegibilidad y una duración máxima del programa.
¿Qué documentos se necesitan para solicitar un visado J-1?
Para solicitar un visado J-1, necesitas el formulario DS-2019 (Certificado de elegibilidad para la condición de visitante de intercambio) expedido por tu sponsor, un pasaporte válido con al menos seis meses de validez restante, el formulario DS-160 (Solicitud de visado de no inmigrante), una fotografía reciente en color de 2x2 y un justificante del pago de la tasa SEVIS I-901. Los becarios y aprendices también deben presentar el formulario DS-7002. Los solicitantes de entre 14 y 79 años deben acudir a una entrevista consular.
¿Cuánto tiempo puedes permanecer en Estados Unidos con un visado J-1?
La duración de la estancia depende de la categoría de tu programa. Los becarios pueden participar durante un máximo de 12 meses, mientras que los alumnos en prácticas pueden permanecer hasta 18 meses (12 meses en el caso de los alumnos en prácticas del sector hotelero). Puedes llegar hasta 30 días antes de la fecha de inicio de tu programa y dispones de un periodo de gracia de 30 días tras la finalización del mismo. Es posible ampliar la estancia más allá del periodo inicial con la autorización sponsor tu sponsor y previa presentación de un justificante de seguro médico. Confirma siempre los límites de duración vigentes con tu sponsor.
¿En qué consiste el requisito de residencia de dos años en el país de origen para el visado J-1, según lo establecido en el artículo 212(e)?
El artículo 212(e) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad exige que determinados participantes en el programa J-1 regresen a su país de origen durante al menos dos años tras finalizar su programa antes de poder solicitar un visado de inmigrante, una tarjeta de residencia o determinados visados de no inmigrante de las categorías H, L o K. Este requisito se aplica si su programa fue financiado por el gobierno, si su campo de especialización figura en la Lista de Competencias de Visitantes de Intercambio del Departamento de Estado correspondiente a su país, o si ha recibido formación médica de posgrado en EE. UU. Existe la posibilidad de obtener una exención en casos concretos. Confirme con su sponsor con el Departamento de Estado de EE. UU. si la sección 212(e) se aplica a su caso.
¿Quién puede solicitar un visado J-2 para familiares a cargo? ¿Pueden trabajar los cónyuges con visado J-2?
El cónyuge legal y los hijos solteros menores de 21 años de un titular de visado J-1 pueden acompañarle a Estados Unidos con un visado J-2. Los familiares a cargo con visado J-2 necesitan su propio formulario DS-2019 y pueden matricularse en colegios o universidades estadounidenses. Los cónyuges con visado J-2 (pero no los hijos a cargo) pueden solicitar al USCIS un Documento de Autorización de Empleo (formulario I-765) que les permita trabajar a tiempo completo o parcial en cualquier ámbito. Si el titular del visado J-1 está sujeto al requisito de residencia de dos años en su país de origen, dicha obligación se extiende automáticamente también a todos los dependientes con visado J-2.
¿Pueden los participantes en el programa de intercambio J-1 recibir una remuneración por su trabajo?
Sí. Los titulares de un visado J-1 pueden recibir una remuneración dentro de la categoría de su programa aprobado. La remuneración debe ser comparable a lo que ganan los trabajadores estadounidenses en puestos similares y debe cumplir con todas las leyes laborales y salariales federales, estatales y locales aplicables. Los participantes en el programa J-1 suelen estar exentos de los impuestos FICA (Seguridad Social y Medicare). Si vas a recibir una remuneración, tendrás que obtener un número de la Seguridad Social. Global Internships orientarte sobre los requisitos de remuneración y cumplimiento normativo para tus prácticas o formación específicas.
¿Cuáles son los costes asociados a la obtención de un visado J-1?
Hay dos tasas gubernamentales principales. La tasa SEVIS I-901 es de 220 dólares para becarios y personas en prácticas, o de 35 dólares para los participantes en programas de corta duración. La tasa de solicitud de visado de no inmigrante (tasa MRV) es de 185 dólares y no es reembolsable. Algunas nacionalidades también deben abonar una tasa de expedición de visado que varía según el país. Estas cifras reflejan lo que indica la página; confirma las tasas actuales con tu sponsor en http://travel.state.gov antes de presentar la solicitud, ya que las tarifas gubernamentales pueden cambiar.
¿En qué se diferencia el visado J-1 para visitantes de intercambio del visado de estudiante F-1?
El visado F-1 está destinado a estudiantes matriculados a tiempo completo en programas de titulación en instituciones educativas acreditadas de EE. UU. La visa J-1 está destinada a los intercambios culturales y profesionales y abarca un abanico mucho más amplio de participantes, entre los que se incluyen becarios, aprendices, profesores, investigadores y monitores de campamentos, que no tienen por qué estar cursando una titulación. Los titulares de la visa J-1 están limitados a las actividades propias de su categoría específica de programa. Ambas visas son de no inmigrante, pero cada una conlleva normas distintas en materia de empleo, duración y obligaciones tras la finalización del programa.



